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Elección privada del mediador

El reclamante puede optar conforme a lo previsto en el decreto
que reglamenta la ley de mediación, por llevar a cabo la
mediación obligatoria por ante mediador designado por elección,
debe abonar un arancel de CINCO PESOS ($5) el que deberá ser
ingresado por medio de depósito a efectuarse en la cuenta
oficial correspondiente conforme lo disponga el Ministerio de
Justicia y, su constancia de pago, presentada al mediador.
Asimismo, el deposito deberá ser acreditado en oportunidad que,
de acuerdo a lo previsto en el articulo 12 de esta
reglamentación, se debiere sortear juez ante la mesa general de
entrada de la Cámara de fuero que corresponda y cuando se
informe el resultado de la mediación al Ministerio de Justicia
conforme lo previsto en el mismo articulo.
El mediador podrá ser designado:
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Por acuerdo entre las partes.
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Por propuesta del requirente que
efectuara al requerido a efectos de que este seleccione, de
un listado no menor a OCHO (8) mediadores, aquel que llevara
adelante la mediación. Los mediadores propuestos deberán
tener distintos domicilios entre si.
Nombramiento del mediador
Tras el recibo de la petición de
mediación, nuestra sala de medición se pondrá en contacto con
las parte (o con sus representantes) para comenzar el
procedimiento de nombramiento del mediador (a menos que las
partes ya lo hayan elegido). El mediador debe gozar de la
confianza de las dos partes y es fundamental, por lo
tanto, que ambas partes estén totalmente de acuerdo con el
nombramiento de la persona propuesta como mediador.
En general, nuestra sala examinara
las diferentes cuestiones a fin de poder proponer candidatos
adecuados a las partes.
Como resultado de dichas consultas
(que podrán efectuarse por teléfono o en persona), se propondrá
a las partes el nombre de varios posibles mediadores, junto con
sus datos biográficos. De ser necesario, se podrán proponer
otros nombres hasta que las partes lleguen a un acuerdo.
Las principales etapas de la
mediación:
El acuerdo de mediación:
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Comienzo del procedimiento: La petición de mediación.
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Nombramiento del mediador.
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Contactos iniciales entre el mediador y las partes.
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Organización de la primera reunión.
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Acuerdo sobre un primer intercambio de documentos.
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